lunes, 16 de mayo de 2011

Las Leyes sobre el Patrimonio

1.- Algunos pensarán que, quienes somos o nos consideramos amigos del Patrimonio, tenemos que conocer, mejor que los demás, las Leyes relacionadas con el mismo. Pero no siempre es así, pues la admiración, valoración, defensa, protección y atención de muchas personas hacia el Patrimonio, tiene que ver, en gran medida, con la cultura y los conocimientos que poseen sobre distintas materias. Sin embargo, hay muchos ciudadanos, que, por su especial sensibilidad y respeto, están en la primera línea en la defensa de dicho Patrimonio y de los valores tradicionales, y no tienen, ni grandes conocimientos, ni gran formación o preparación cultural
Pero conocer las Leyes es otra cuestión. Quienes sí deben conocerlas, tanto las relacionadas con esta materia, como las referidas a otros temas, son los gobernantes, los dirigentes políticos, los que hemos elegido todos, para que gobiernen o dirijan los destinos del Estado, de la Autonomía, de la Provincia y, como no, del Municipio. Y además, las deben conocer los arquitectos, aparejadores y demás funcionarios, a quienes se les encarga o colaboran en la redacción de los Planes de Ordenación Urbana de ciudades y pueblos, de mayor o menor importancia. Porque también desde los pequeños Ayuntamientos hay que tomar decisiones, de acuerdo con las Leyes, los Planes, las Ordenanzas y todo aquello necesario para un buen gobierno municipal.
Las Leyes deben cumplirse, no hay más remedio que someterse a ellas, aunque sean exigentes y penosas, como muy bien expresa la frase latina, dura lex, sed lex. (La ley es dura, pero es ley). Y sobre el Patrimonio tenemos Leyes muy interesantes y completas.
Vamos a citar la Ley 16/1985 de 25 de Junio sobre “El Patrimonio Histórico Español” y el “Real decreto 111/1986 de 10 de Enero de Desarrollo Parcial de dicha Ley”. Prescindimos de la legislación posterior al respecto.
El preámbulo de esta Ley nos dice que “El Patrimonio Histórico Español es el principal testigo de la contribución histórica de los españoles a la civilización universal y de su capacidad creativa contemporánea. La protección y el enriquecimiento de los bienes que lo integran constituyen obligaciones fundamentales, que vinculan a todos los poderes públicos, según el mandato que a los mismos dirige el artículo 46 de la Constitución”.
En las disposiciones generales, el artículo 1 dice: “Son objeto de la presente Ley la protección, acrecentamiento y transmisión, a las futuras generaciones, del Patrimonio Histórico Español. Y en el artículo 2: “Integran el Patrimonio Histórico Español los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico”. En los siguientes títulos y artículos se desarrollan cada una de los apartados de la Ley.
Por otra parte, en el Real Decreto, antes citado, se ordena todo lo necesario para la aplicación de la Ley: cómo llevar a cabo, de modo concreto y preciso, esa protección del Patrimonio Histórico Español.
---------------------------------------
2.- Las Comunidades Autónomas, a medida que han ido adquiriendo las competencias en las distintas áreas, han elaborado sus propias Leyes, Reglamentos o Decretos, teniendo como base la Ley general antes citada, aprobada en las Cortes Generales y sancionada por el Rey.
Así ha ocurrido en Castilla y León. Desde el día 11 de Julio de 2002 tenemos en nuestra Comunidad la “Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León”, aprobada en las Cortes en dicho día y publicada en el BOCYL (Boletín Oficial de C. y L.) el día 19 del mismo mes. (Posteriormente se han aprobado otras leyes, reglamentos o decretos).
Y esta es la Ley que más y mejor deben conocer nuestros gobernantes más próximos, los alcaldes y concejales de los Ayuntamientos de Benavente y Los Valles, para que el patrimonio sea considerado cosa de todos, y sea más conocido y respetado por todos. Pues, conociéndola, al elaborar Planes de Ordenación Urbana para las respectivas ciudades y pueblos, se tendría más en cuenta. De ordinario, quienes elaboran dichos planes o colaboran en ello suelen ser arquitectos, aparejadores o funcionarios municipales, conocedores del tema. Y estos son, al menos así lo creemos, personas cultas e instruidas, conocedoras, como nadie, del Arte y de la Arquitectura y cuya defensa y protección del Patrimonio debería de estar fuera de duda. Si esto no fuese así, mal le iría al Municipio o localidad en la que actúan.
Ellos deben ser los primeros defensores del patrimonio local. Sus años de estudio y trabajo les ha preparado lo suficiente, para poder valorar debidamente todo aquello que merezca la pena y sea importante: edificios, fachadas, materiales a emplear, colores de los materiales, muros, restos arqueológicos, estratos etc.
Es notorio, por lo tanto, que, conociendo la Ley por parte de todos o, en último caso, quienes la ignoren, confiando o fiándose de los que la conocen, no se destruirían algunos edificios, al menos sus fachadas, ni casas blasonadas o con balconadas de interés, ni torres centenarias, ni puentes, fuentes o restos arqueológicos de gran valor. Y por otra parte, se evitaría la construcción de edificios con alturas excesivas, al lado de otros, protegidos o en vías de protección; y no nos llamarían la atención los colores de algunos edificios, a causa de los materiales empleados, junto a otros con mayor antigüedad y distinto estilo; ni en la restauración de edificios se emplearían materiales tan distintos a los de su entorno, para sorpresa y bochorno de todos aquellos que los contemplan, etc.
Tenemos que afirmar que nuestro patrimonio, el de toda España, está protegido por las Leyes. Sólo falta que también sea protegido por los ciudadanos, los mismos que, si no fueron los que elaboraron y aprobaron dicha ley, con sus votos contribuyeron a ello.
Ojalá que cada día sean más las actuaciones a favor del Patrimonio y que las generaciones futuras puedan disfrutar del mismo, porque lo ven y lo contemplan, al no haber sido destruido o abandonado. Que el patrimonio sea cada vez más algo vivo y real y no un pasado solamente con historia.